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El juez Ledesma explicó en qué se basó para dictar la prisión preventiva a los 12 acusados de usurpar el Sindicato de la Fruta

Tal y como informara Concordia Policiales, tras una audiencia de casi dos horas, el juez de Garantías N°3 de Concordia, Francisco Ledesma, dictó la prisión preventiva para las doce personas que se encontraban detenidas desde el pasado lunes 30 de marzo, a raíz del episodio ocurrido en la sede del Sindicato de la Fruta.

Según la investigación que lleva adelante la fiscal Daniela Montangie, ese día un grupo de nueve personas ingresó de manera violenta al edificio, ocasionando daños en la puerta de acceso, mientras que otras tres permanecían en el exterior instigando y coordinando las acciones.

Al tomar conocimiento de lo que estaba ocurriendo, la jueza de Garantías Gabriela Seró, a pedido de la fiscal Montangie, dispuso un allanamiento en la sede ubicada sobre calle Saavedra, entre Sarmiento y 25 de Mayo. De esta manera, se desplegó un operativo que culminó con la detención de las nueve personas que se encontraban en el interior del sindicato y de otras tres que estaban en el exterior, todos mayores de edad.

En lo que respecta a la audiencia de prisión preventiva celebrada este miércoles 1º de abril, el magistrado escuchó a las partes. Por un lado, la fiscal Daniela Montangie solicitó 30 días de prisión preventiva para los acusados del delito de usurpación, al considerar que existían riesgos de entorpecimiento de la investigación y que aún restaban pruebas por producir.

Por su parte, la defensa de los imputados, conformada por los abogados Diego Briceño, Javier Orduna y Guillermo Díaz, se opuso a la medida al sostener que solicitar la prisión preventiva por el delito de usurpación constituía un “escándalo jurídico”, además de remarcar que no estaban dados los supuestos para aplicar la medida cautelar más gravosa, ya que —según afirmaron— no existían riesgos procesales de fuga ni de entorpecimiento.

Tras escuchar a las partes, Ledesma resolvió dictar la prisión preventiva por el plazo de 15 días para Gerardo Adrián Monzón, Néstor Nahuel Basualdo, Néstor Fabián Páez, Ernesto Vera, Nazarth Alcides Ríos, Guillermo Ariel Olivera, Alejandra Mondostegui, Martín Alexis Basualdo, Magalí Andrea Vera, María Alejandra Alderete, Rodrigo Walter Monzón y Maximiliano Ariel Olivera.

Al finalizar la audiencia, el juez Ledesma dialogó con Concordia Policiales y explicó en qué se fundamentó para dictar la medida, al señalar que “lo que hacemos en este tipo de audiencias es analizar la probabilidad de participación conforme a los delitos que ha indicado la fiscalía”. Subrayando que “entendí, como lo dije en la audiencia, que existen elementos indiciarios que permiten sostener esa probabilidad de participación, más allá de la inocencia que tienen todas las personas que transitan un proceso penal”.

En ese sentido, agregó que “también entendí que existen riesgos procesales y, fundamentalmente, de entorpecimiento en base a testigos o personas que se deben resguardar. Por eso ordené esta medida, en un tiempo menor al que había solicitado la fiscalía, pero que considero proporcional y prudencial de acuerdo a las circunstancias del caso”.

Consultado sobre los delitos que se les atribuyen a los imputados, el magistrado explicó que “la fiscalía atribuyó los delitos de usurpación y amenazas agravadas. Entiendo que hay elementos que indican esa probable participación, y además existen riesgos procesales que deben ser evaluados”.

Finalmente, Ledesma señaló que se trata de una causa compleja debido al contexto del conflicto gremial, al manifestar que “hay derechos encontrados y distintas cuestiones que plantearon las defensas, pero esos reclamos —ya sean laborales o administrativos— deben canalizarse por las vías correspondientes. Como juez de garantías lo que debemos analizar es si hay un posible delito, siempre respetando la presunción de inocencia, y si existen riesgos procesales. En este caso entendí que correspondía dictar la medida, en una situación que también refleja el conflicto que atraviesa el gremio”.

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