Un abuelo deberá aportar el 30% de su jubilación para la cuota alimentaria de sus nietos por los incumplimientos reiterados del progenitor
De acuerdo a lo que se informó, el Juzgado de Familia de Concordia dictó sentencia en una causa iniciada por la madre de los niños contra el abuelo paterno, ante la falta de cumplimiento sostenida por parte del padre.
La mujer, con el patrocinio de la abogada Brenda Vittori, promovió la demanda luego de que en actuaciones anteriores se homologara un convenio de alimentos y posteriormente se dispusiera un aumento de la cuota a cargo del progenitor, equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil.
Sin embargo, conforme surge de las constancias del expediente, el padre incumplió de manera reiterada con la obligación, realizando pagos parciales y en forma irregular, lo que motivó la intervención judicial contra el obligado subsidiario, tal como lo prevé el artículo 668 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Durante la tramitación del proceso se fijó una cuota provisoria equivalente al 15% de los haberes jubilatorios del abuelo, la cual comenzó a efectivizarse mediante descuento directo. No obstante, al dictar sentencia definitiva, el magistrado resolvió hacer cesar ese descuento y fijar una cuota equivalente al 30% de los haberes jubilatorios del demandado, suma que deberá depositarse mensualmente en la cuenta judicial correspondiente.
En diálogo con Concordia Policiales, la abogada Brenda Vittori expresó que “no hay nada que celebrar cuando una madre o un padre debe recurrir a la Justicia para garantizar los alimentos de su hijo y es lamentable llegar a este punto, porque implica un padre que incumple, un abuelo que ya crió a sus hijos y debe asumir una obligación en forma subsidiaria, un niño con necesidades concretas y una madre sosteniendo sola la carga económica y los cuidados diarios”
Asimismo, remarcó que “la sentencia no es un triunfo, sino una forma forzada de proteger y garantizar derechos, para que sus necesidades sean cubiertas por sus progenitores y, en su defecto, como en este caso, por su abuelo ante el incumplimiento del padre”.
