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La Justicia Federal ordenó a OSDE cubrir la totalidad de un tratamiento terapéutico

A través de una acción de amparo realizada por el estudio jurídico MBG & Asociados, el Juzgado Federal de Concordia, ordenó a la empresa de medicina prepaga OSDE brindar la cobertura integral de un acompañante terapéutico para una paciente que atraviesa un tratamiento de salud mental.

La medida judicial fue dictada luego de que la afiliada denunciara demoras y respuestas insuficientes por parte de la prestadora para autorizar una prestación médica considerada indispensable por los profesionales tratantes.

De acuerdo a lo informado, la paciente requería la asistencia de un acompañante terapéutico durante ocho horas diarias, de lunes a viernes, contando con la correspondiente prescripción médica y toda la documentación exigida para acceder al servicio.

Sin embargo, según se indicó, OSDE demoró la autorización y posteriormente intentó otorgar la cobertura mediante el sistema de reintegro, reconociendo valores inferiores a los honorarios presupuestados por los profesionales intervinientes.

Ante esta situación, el estudio jurídico MBG & Asociados promovió una acción de amparo ante la Justicia Federal, donde se cuestionó el accionar de la prepaga por considerar que la modalidad ofrecida comprometía el acceso efectivo al tratamiento.

En su resolución, la jueza Analia Ramponi sostuvo que la decisión unilateral de fijar valores inferiores trasladaba las consecuencias económicas a la paciente y afectaba derechos fundamentales vinculados al acceso a la salud.

Asimismo, remarcó la importancia del principio de no interrupción de los tratamientos médicos y señaló que la salud no puede quedar supeditada a criterios exclusivamente económicos.

Por ese motivo, la jueza ordenó a OSDE otorgar en un plazo máximo de diez días la cobertura integral y gratuita del acompañante terapéutico, debiendo abonar los honorarios conforme a los valores presupuestados y establecidos por la reglamentación del Colegio de Acompañantes Terapéuticos de Entre Ríos (CATER).

Además, por la relevancia institucional del caso, dispuso poner en conocimiento de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación lo resuelto, para que evalúe el accionar de la empresa y adopte las medidas que considere pertinentes ante este tipo de situaciones.

Desde MBG & Asociados destacaron que el fallo representa un antecedente importante para afiliados que deben recurrir a la Justicia para acceder a prestaciones médicas ya indicadas por profesionales de la salud.

 

 

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