Tras un amparo presentado por el abogado Emmanuel Almirón, ordenan a la Provincia y al Hospital Felipe Heras entregar un concentrador de oxígeno a un hombre con una enfermedad pulmonar grave
La Justicia de Concordia hizo lugar a una acción de amparo presentada por el abogado Emmanuel Almirón y ordenó a la Provincia de Entre Ríos, al Ministerio de Salud y al Hospital Felipe Heras otorgar de manera inmediata la cobertura integral de un concentrador de oxígeno estacionario para un hombre de 65 años que padece Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) severa.
La sentencia fue dictada por el juez de Garantías N.º 3, Francisco Ledesma, quien consideró que la demora administrativa para entregar el equipo vulneró el derecho constitucional a la salud del paciente, cuya necesidad médica nunca fue discutida por los organismos demandados.
Según surge del expediente, el paciente había iniciado los trámites administrativos en abril de este año para obtener el concentrador de oxígeno prescripto por su médico tratante. Sin embargo, luego de reiterados reclamos, el pedido quedó demorado por una observación técnica vinculada a si el equipo debía ser adquirido o alquilado. Incluso, tras presentar la documentación requerida por la Auditoría Médica, la prestación continuó sin ser otorgada.
Durante el proceso, un informe del Departamento Médico Forense confirmó que el hombre padece EPOC severo y que la indicación de utilizar un concentrador de oxígeno estacionario estaba plenamente justificada para evitar el deterioro de su calidad de vida.
En su resolución, el magistrado sostuvo que las cuestiones burocráticas o administrativas no pueden convertirse en un obstáculo para acceder a una prestación médica indispensable, especialmente cuando se trata de un adulto mayor sin cobertura de obra social y cuya necesidad terapéutica fue acreditada.
Además, remarcó que el Estado tiene la obligación de garantizar un acceso oportuno a las prestaciones de salud y que las demoras injustificadas configuran una conducta arbitraria e ilegítima.
Finalmente, el juez hizo lugar al amparo y condenó a la Provincia de Entre Ríos, al Ministerio de Salud y al Hospital Felipe Heras a brindar en forma inmediata, continua e ininterrumpida la cobertura del 100% de un concentrador de oxígeno estacionario, imponiendo además las costas del proceso a los organismos demandados.
