Un juez hizo lugar a un planteo de un estudio jurídico y declaró inconstitucional un artículo clave de la reforma a la Ley de Juicios por Jurados
El Estudio Jurídico de Damián Petenatti e Iván Vernengo obtuvo la primera resolución en la provincia que declara la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de Juicio por Jurados (Ley 10.746), al considerar que la modificación vulnera el derecho del ciudadano a ser juzgado por sus pares en una causa penal.
Según se informó, el Juez de Garantías de Diamante, declaró la inconstitucionalidad de la Ley 11.222, recientemente sancionada por la Legislatura de Entre Ríos, al considerar que la modificación restringe el derecho del ciudadano a ser juzgado por jurados populares en causas criminales.
A diferencia de pronunciamientos anteriores, limitados a cuestiones procesales, esta resolución aborda el aspecto central de la reforma: el recorte de la competencia de los delitos sometidos a juicio por jurados. En consecuencia, el juez dispuso que el caso sea juzgado conforme al texto original de la Ley 10.746.
En los fundamentos del fallo se receptaron los argumentos de la defensa, al sostener que la reforma tiene carácter regresivo, afecta la garantía del juez natural y coloca al imputado en una situación más desfavorable frente al juzgamiento de acusaciones de gravedad. Asimismo, se destacó que el juicio por jurados es el modelo previsto por la Constitución Nacional y que se rige por reglas probatorias más exigentes, como la exigencia de unanimidad y la imposibilidad de recurrir un veredicto de no culpabilidad.
